1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato es el SUMINISTRO DE SUJECIONES DIRECTAS ADHERIZADAS POLIVALENTES PARA VÍA SIN BALASTO (ADH POLIVALENTE) Y TRAVIESAS DE TRANSICIÓN, DESTINADAS AL ACCESO A LA NUEVA TERMINAL DEL AEROPUERTO DE BARCELONA. RED DE CERCANÍAS DE BARCELONA.
Están incluidas en el alcance de este contrato las siguientes operaciones:
• La fabricación de las sujeciones tipo ADH polivalentes, la acreditación u homologación previa, en caso necesario, de estos elementos según las Especificaciones Técnicas y Normativa vigente de Adif (o equivalente), el acopio en fábrica, la carga, el transporte del material fabricado y su descarga en la zona de acopio establecida, en la propia traza (en caso de obra nueva, en la que la traza sea accesible por camión) o en cualquier otro punto cercano a la traza que determine la Dirección del Contrato de Adif, hasta el momento en el que se coloquen en obra.
• La fabricación de las sujeciones adicionales rígidas para sujetar la riostra, la acreditación u homologación previa, en caso necesario, de estos elementos según las Especificaciones Técnicas y Normativa vigente de Adif (o equivalente), el acopio en fábrica, la carga, el transporte del material fabricado y su descarga en la zona de La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: Q0F14NDH321ZBSV6WM4063GR5G Verificable en https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp RDL_FP.07 ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS 2 acopio establecida, en la propia traza (en caso de obra nueva, en la que la traza sea accesible por camión) o en cualquier otro punto cercano a la traza que determine la Dirección del Contrato de Adif, hasta el momento en el que se coloquen en obra.
• La fabricación de las traviesas de transición de elasticidad entre vía en placa y vía en balasto, la adquisición y colocación de las sujeciones, la acreditación u homologación previa, en caso necesario, de estos elementos según las Especificaciones Técnicas y Normativa vigente de Adif (o equivalente), el acopio en fábrica, la carga, el transporte del material fabricado y su descarga y custodia en la zona de acopio establecida, en la propia boca del túnel o en cualquier otro punto en las cercanías del mismo que determine la Dirección Técnica de Adif hasta el momento en el que se coloquen en obra.
2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
2.1. Justificación de la necesidad e idoneidad.
El proyecto de construcción de actuaciones necesarias para la puesta en servicio del acceso a la nueva terminal del Aeropuerto de Barcelona, englobado dentro de la red de cercanías de Barcelona, prevé que Adif suministre de forma directa las sujeciones directas adherizadas polivalentes (ADH POLIVALENTE) y las traviesas de transición de elasticidad entre vía en placa y vía en balasto necesarias para el montaje de vía contemplado en el mismo, para que posteriormente el contratista adjudicatario del proyecto de montaje de vía realice la instalación de la sujeciones y coloque las traviesas en vía. Para cubrir esa necesidad de suministro directo por parte de Adif se plantea esta licitación, de acuerdo a lo contemplado en el proyecto.
2.2. Justificación de la insuficiencia de medios (en caso de servicios). No procede en un contrato de suministros.
3. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y DE LOS CRITERIOS DE SOLVENCIA Y DE ADJUDICACIÓN
3.1. Justificación del procedimiento de adjudicación.
Al tratarse de un suministro que se realiza de forma recurrente y dado que se trata de productos suficientemente conocidos y testados durante años por su instalación en las líneas de Adif y Adif-AV, se considera suficiente que el criterio de adjudicación esté basado sólo en el precio. Ello es así, dado que por medio de la solvencia técnica o profesional Adif consigue asegurar que las empresas que pueden optar a ser adjudicatarias del concurso son lo suficientemente solventes para fabricar las traviesas cuyo suministro está incluido en el contrato. Por otro lado, por medio de la exigencia de unos requisitos de producto durante la fase de solvencia, se asegura la conformidad del producto ofertado, y para aquellos productos del concurso que no están regulados por una ET de Adif o equivalente, se solicita la documentación que aseguren la idoneidad del producto ofertado.
3.2. Justificación de los criterios de adjudicación.
El criterio de adjudicación es el precio más bajo, una vez se garantice por parte de los licitadores la posibilidad de ejecutar los trabajos de manera correcta mediante el cumplimiento de los requerimientos de solvencia exigidos.
3.3. Justificación de los criterios de solvencia.
La finalidad de los criterios de solvencia adoptados es proporcionar al proceso de licitación un nivel adecuado de competencia. De esta forma, se garantiza una posible mayor concurrencia al procedimiento de contratación planteado de empresas suministradoras competentes y con garantías de haber realizado suministros similares, lo que se entiende como beneficioso para Adif. Por otro lado, por medio de la exigencia de estos criterios de solvencia, Adif se asegura que los licitadores cuenten con la capacidad técnica y profesional suficiente para la realización del suministro de un material complejo que se instalará como parte de la superestructura de las líneas de Adif.