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Preguntas Frecuentes

Los Estados miembros podrán presentar oficialmente sus planes después de la entrada en vigor del Reglamento, que se espera que esté vigente a partir del 1 de enero de 2021. Para ello es necesario cumplir ciertos requisitos legales, en particular que se apruebe el acto de base del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la base jurídica que permita a la Comisión tomar prestados los fondos en los mercados.

En consonancia con las conclusiones del Consejo Europeo, se pagará una prefinanciación del 10 % de la contribución financiera a cada Estado miembro. Este pago podría efectuarse tras la aprobación del plan mediante la decisión de ejecución del Consejo y la adopción del compromiso jurídico por parte de la Comisión, lo que significa que los fondos podrían empezar a fluir ya en el primer semestre de 2021.

La Comisión presenta orientaciones adicionales y un modelo para ayudar a los Estados miembros a preparar y presentar sus planes de recuperación y resiliencia de manera coherente. Los planes de recuperación y resiliencia deben expresar un esfuerzo inversor y reformador sustancial; ambos aspectos deben ser coherentes y afrontar adecuadamente los retos de cada Estado miembro y las prioridades mencionadas anteriormente.

Las orientaciones establecen que debe ofrecerse un resumen del contenido principal del plan, que permita al Parlamento Europeo, a los demás Estados miembros, a la Comisión y al público en sentido amplio tener una visión general de los resultados que se esperan del plan de recuperación y resiliencia. También explican con detalle lo que los Estados miembros deben aportar al presentar el plan y sugieren un modelo para ello.

Los Estados miembros deben garantizar un alto nivel de ambición a la hora de definir reformas e inversiones que permitan la transición digital como parte de sus planes de recuperación y resiliencia. Para garantizar una aplicación eficaz, la Comisión propone que cada plan de recuperación y resiliencia incluya un nivel mínimo del 20 % del gasto relacionado con el sector digital.

Ello incluye, por ejemplo, la inversión en el despliegue de la conectividad 5G y gigabit, el desarrollo de competencias digitales a través de los sistemas educativos y el aumento de la disponibilidad y la eficiencia de los servicios públicos que utilizan nuevas herramientas digitales.

En el contexto del objetivo europeo de lograr la neutralidad climática de aquí a 2050 y de aumentar significativamente sus ambiciones de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, los Estados miembros deben considerar con carácter prioritario reformas e inversiones para apoyar la transición climática. Todos los planes nacionales de recuperación y resiliencia tendrán, por lo tanto, que centrarse en gran medida en las reformas e inversiones en apoyo de la transición climática. Para cumplir el compromiso del Consejo Europeo de alcanzar un objetivo de integración climática del 30 % tanto para el marco financiero plurianual como para la Next Generation EU, como mínimo el 37 % del gasto de cada plan de recuperación y resiliencia deberá estar relacionado con el clima. Los progresos hacia la consecución de otros objetivos medioambientales son igualmente importantes, de conformidad con el Pacto Verde Europeo.

La Comisión anima a los Estados miembros a proponer iniciativas emblemáticas de inversión y reforma destinadas, por ejemplo, a acelerar el desarrollo y el uso de las energías renovables, mejorar la eficiencia energética y de los recursos de los edificios públicos y privados, y acelerar el uso de un transporte sostenible, accesible e inteligente.

Todas las reformas e inversiones incluidas en los planes de recuperación y resiliencia deberán respetar el principio de «no ocasionar daños», lo que significa que no deben ir en detrimento de los objetivos climáticos y medioambientales.

Los Estados miembros tendrán que tener en cuenta la necesidad de garantizar una transición justa y socialmente equitativa en todos los ámbitos de la política. Esto significa, en particular, que los planes nacionales de recuperación y resiliencia deben elaborarse en plena coherencia con los planes territoriales de transición justa propuestos en el marco del Mecanismo para una Transición Justa.

La evaluación por la Comisión del plan nacional de energía y clima de cada Estado miembro, que se presentará en octubre, proporcionará orientaciones importantes a los Estados miembros para la redacción de sus planes.

La Comisión evaluará los planes de recuperación y resiliencia con arreglo a criterios transparentes. En particular, la evaluación de la Comisión considerará si las inversiones y reformas anunciadas en los planes:

  • contribuyen a hacer frente efectivamente a los desafíos señalados en las recomendaciones específicas pertinentes por país;
  • contienen medidas que contribuyan efectivamente a las transiciones ecológica y digital, y
  • contribuyen al refuerzo del potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social del Estado miembro.

La evaluación de los planes por parte de la Comisión será aprobada por el Consejo mediante una decisión de ejecución a propuesta de la Comisión.

Una clave de reparto fijará un importe máximo posible para para el componente de subvención del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia por Estado miembro.

Para el 70 % del total de 312 500 millones EUR disponibles en subvenciones, la clave de reparto tendrá en cuenta la población del Estado miembro, la inversa de su PIB per cápita y su tasa media de desempleo en los últimos cinco años (2015-2019), siempre en comparación con la media de la UE. Para el 30% restante, la fórmula sustituirá el indicador de la tasa de desempleo 2015-2019 por la disminución observada del PIB real en 2020 y la disminución acumulada observada del PIB real en el período 2020-2021.

Los Estados miembros también pueden solicitar préstamos en el marco del Mecanismo. El volumen máximo de los préstamos para cada Estado miembro no superará el 6,8 % de su renta nacional bruta. No obstante, se podrá contemplar un aumento de ese volumen en circunstancias excepcionales, en función de los recursos disponibles.

El Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está en línea con el borrador de Plan Presupuestario 2021- 2023 y está recogido en el Libro Amarillo de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Estos presupuestos incorporan los 27.436 millones en transferencias previstas a través de los nuevos instrumentos de financiación de la UE. En años posteriores los fondos provenientes del MRR se seguirán canalizando a través de los Presupuestos Generales del Estado durante los años de ejecución del Plan de Recuperación.


España remitirá a la Comisión Europea el Plan definitivo antes del 30 de abril de 2021, que contendrá un conjunto de proyectos de inversión y reformas estructurales. Con anterioridad, se habrá remitido un borrador del Plan y el borrador del plan presupuestario. Para cada uno de los proyectos de inversión y reforma se establecerá un conjunto de hitos y logros que forman parte de los mismos.


Para garantizar la correcta ejecución y canalización de los fondos se reforzarán y crearán estructuras de ejecución, seguimiento y coordinación que permitirán la colaboración interministerial, público-privada, con las comunidades autónomas y con las entidades locales.

El Semestre Europeo y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia están intrínsecamente vinculados. Los planes de recuperación y resiliencia se evaluarán con arreglo a las recomendaciones específicas por país.

Dado que los plazos del Semestre Europeo y del Mecanismo se solaparán, es necesaria una adaptación temporal del Semestre.

Se alentará a los Estados miembros a que presenten sus programas de reformas y sus planes de recuperación y resiliencia nacionales en un único documento integrado. Este documento ofrecerá una visión general de las reformas e inversiones que el Estado miembro emprenderá en los años venideros, en consonancia con los objetivos del Mecanismo.

En el caso de los Estados miembros que presenten sus planes en 2021, la Comisión acompañará a las propuestas de decisiones de ejecución del Consejo con documentos analíticos que evalúen el contenido de los planes de recuperación y resiliencia. Estos documentos sustituirán a los informes por país del Semestre Europeo en 2021.

Dada la naturaleza política global y prospectiva de los planes de recuperación y resiliencia, no será necesario que la Comisión proponga en 2021 recomendaciones a aquellos Estados miembros que hayan presentado planes.

La Comisión propondrá, no obstante, recomendaciones sobre la situación presupuestaria de los Estados miembros en 2021, como está previsto en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Los avances hacia la consecución de una reforma o una inversión se medirán mediante metas e hitos. Los hitos y las metas deben ser claros, realistas, bien definidos, verificables y directamente determinados o influidos de otro modo por las políticas públicas.

Una vez alcanzados los hitos y metas pertinentes indicados en su plan de recuperación, el Estado miembro presentará a la Comisión una solicitud de desembolso de ayuda financiera. La Comisión preparará una evaluación y recabará el dictamen del Comité Económico y Financiero sobre el cumplimiento satisfactorio de los hitos y metas pertinentes. En circunstancias excepcionales en las que uno o varios Estados miembros consideren que existen desviaciones significativas del cumplimiento satisfactorio de los hitos y metas de otro Estado miembro, podrán solicitar que el Presidente del Consejo que someta la cuestión al próximo Consejo Europeo.

La Comisión adoptará la decisión sobre el desembolso con arreglo al «procedimiento de examen» de la comitología.

Si el Estado miembro no ha cumplido satisfactoriamente los hitos y las metas, la Comisión suspenderá la totalidad o parte de la contribución financiera a dicho Estado miembro.

La Estrategia anual de crecimiento sostenible inaugura el siguiente ciclo del Semestre Europeo y establece la orientación estratégica para la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Confirma el objetivo de la UE de seguir una nueva estrategia de crecimiento basada en el Pacto Verde Europeo y en el concepto de sostenibilidad competitiva. Las cuatro dimensiones de la sostenibilidad competitiva, a saber, la sostenibilidad medioambiental, la productividad, la equidad y la estabilidad macroeconómica, identificadas en la EACS del año pasado deben seguir siendo los principios rectores para la aplicación del Mecanismo.

El Mecanismo es un pilar central de NextGenerationEU. La Comisión propuso NextGenerationEU como un instrumento de recuperación temporal de emergencia para ayudar a reparar los daños económicos y sociales inmediatos provocados por la pandemia de coronavirus, apoyar la recuperación económica y construir un futuro mejor para la próxima generación. Junto con el presupuesto a largo plazo de la UE para 2021-2027, el apoyo financiero total canalizado a través del presupuesto de la UE asciende a más de 1, 8 billones de euros.

El Consejo Europeo ha acordado una dotación de 672 500 millones de euros en préstamos y ayuda financiera no reembolsable (subvenciones) para apoyar la realización de inversiones y reformas. Ayudará a los Estados miembros a afrontar los retos preexistentes señalados en el contexto del Semestre Europeo y a lograr los objetivos políticos de la UE, especialmente las transiciones ecológica y digital, que son cruciales para construir un futuro próspero y sostenible.

La Comisión está trabajando intensamente con el Parlamento Europeo y el Consejo para ultimar el diseño del Mecanismo y asegurar su rápida entrada en vigor para contribuir a la recuperación económica

El Gobierno está elaborando el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia sobre cuatro ejes transversales: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión territorial y social; y la igualdad de género.

Asimismo, el Plan se estructura en torno a diez políticas palanca: (i) agenda urbana y rural. Cohesión territorial; (ii) infraestructuras y ecosistemas resilientes; (iii) transición energética justa e inclusiva; (iv) Administración pública del siglo XXI; (v) modernización y digitalización del ecosistema industria-servicios y de la pyme, impulso al emprendimiento; (vi) Pacto por la ciencia y la innovación; refuerzo del Sistema Nacional de Salud; (vii) educación y formación continua, desarrollo de capacidades; (viii) Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo; (ix) impulso de la industria de la cultura y el deporte; y (x) modernización del sistema fiscal. Las diez políticas palanca integran a su vez 30 proyectos o líneas de acción, tanto de tipo regulatorio como de impulso a la inversión.

Cada uno de los proyectos deberá contribuir de forma explícita a los objetivos generales del Plan y a los cuatro ejes transversales. Igualmente, cada proyecto se centrará en un reto u objetivo concreto e incluye reformas e inversiones que contribuyen a alcanzar dichos objetivos o superar los retos. Para todos ellos se identificarán las metas e hitos intermedios, los resultados esperados, el número de beneficiarios, así como el coste detallado de cada elemento.

El MRR tiene cuatro objetivos principales: promover la cohesión económica, social y territorial de la UE; fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados miembros; mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de la COVID-19; y apoyar las transiciones ecológica y digital. Todos ellos van dirigidos a restaurar el potencial de crecimiento de las economías de la Unión, fomentar la creación de empleo tras la crisis y promover el crecimiento sostenible.

Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro debe diseñar un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia que incluya las reformas y los proyectos de inversión necesarios para alcanzar esos objetivos, teniendo como principios inspiradores los cuatro aspectos señalados en la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible: la sostenibilidad medioambiental, la productividad, la equidad y la estabilidad macroeconómica.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es una oportunidad para crear iniciativas emblemáticas que tengan beneficios tangibles para la economía y los ciudadanos de la UE. Estas iniciativas emblemáticas deben ocuparse de cuestiones que son comunes a todos los Estados miembros, que precisan inversiones significativas, crean empleo y crecimiento, y son necesarias para la doble transición.

La Comisión anima encarecidamente a los Estados miembros a que incluyan en sus planes de recuperación y resiliencia inversiones y reformas en los siguientes ámbitos:

  1. Activación – Puesta en marcha temprana de tecnologías limpias con perspectivas de futuro y aceleración del desarrollo y el uso de energías renovables.

  2. Renovación - Mejora de la eficiencia energética de los edificios públicos y privados.

  3. Carga y Repostaje - Fomento de tecnologías limpias con perspectivas de futuro a fin de acelerar el uso de un transporte sostenible, accesible e inteligente, de estaciones de carga y repostaje, y la ampliación del transporte público.

  4. Conexión- Despliegue rápido de servicios de banda ancha rápida en todas las regiones y hogares, incluidas las redes de fibra y 5G.

  5. Modernización - Digitalización de la Administración y los servicios públicos, incluidos los sistemas judicial y sanitario.

  6. Ampliación - Aumento de las capacidades industriales europeas en materia de datos en la nube y desarrollo de procesadores de máxima potencia, de última generación y sostenibles.

  7. Reciclaje y Perfeccionamiento Profesionales - Adaptación de los sistemas educativos en apoyo de las competencias digitales y la educación y la formación profesional a todas las edades.

Los Estados miembros pueden presentar formalmente sus planes de recuperación y resiliencia para su evaluación a partir del momento en que el Mecanismo esté legalmente en vigor. La Comisión espera que la legislación entre en vigor el 1 de enero de 2021. El plazo para la presentación de los planes es el 30 de abril de 2021. No obstante, la Comisión anima a los Estados miembros a que presenten sus anteproyectos de planes a partir del 15 de octubre de 2020. Los Estados miembros podrán finalizar sus planes tras la presentación inicial de los proyectos a la Comisión.

La Comisión está a la plena disposición de los Estados miembros para colaborar en la preparación de sus planes.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia aportará un total de 672 500 millones de euros para apoyar las reformas e inversiones. Se ofrecerán a los Estados miembros subvenciones por un importe total de 312 500 millones de euros en el marco del Mecanismo, y los 360 000 millones de euros restantes se proporcionarán en forma de préstamos. Se facilitará financiación con cargo al Mecanismo en consonancia con los costes estimados de las reformas e inversiones propuestas en los planes de recuperación y resiliencia que presenten los Estados miembros. El coste estimado deberá estar en correspondencia con el impacto previsto de las reformas e inversiones.

El criterio de reparto del MRR garantiza un apoyo financiero mayor a aquellos Estados miembros cuya situación económica y social se haya deteriorado más, como consecuencia de la pandemia y las medidas de restricción de la actividad económica necesarias para combatir a la COVID-19.

Los fondos del MRR se asignan en dos tramos: un 70% sobre indicadores económicos anteriores a la emergencia sanitaria y el restante 30% se decidirá en 2022 con los datos que reflejen la evolución económica entre 2020 y 2022.

Según los indicadores que se usarán, España recibiría un total de aproximadamente 60.000 millones de euros en transferencias no reembolsables y podría acceder a un volumen máximo de 80.000 millones de euros en préstamos.

En cuanto al fondo REACT EU, España recibirá algo más de 12.000 millones de euros para su ejecución en el periodo 2021-22.

El 70% de las transferencias no reembolsables concedidas por el MRR deberá ser comprometido por la Comisión Europea en 2021 y 2022. El 30% restante se comprometerá enteramente a finales de 2023 y podrá ejecutarse hasta 2026.

Los recursos del REACT-EU deberán ser ejecutados en dos años (2021-22).

El Gobierno concentrará el esfuerzo de movilización de los más de 70.000 millones en transferencias en los primeros tres años (2021-23), para maximizar su impacto sobre la reconstrucción rápida de la economía. Posteriormente, se solicitarán los préstamos para complementar la financiación de los proyectos en marcha.

No, son instrumentos diferentes y paralelos. El MRR es uno de los instrumentos financieros desarrollados en el marco del Next Generation EU, el plan extraordinario puesto en marcha por la Unión Europea para impulsar una recuperación económica sostenible, uniforme, inclusiva y justa para todos los Estados miembros. Este plan, de duración limitada y financiado con recursos adicionales, está integrado en el presupuesto a largo plazo de la UE para el periodo 2021-2027, en el que también se incluyen los tradicionales fondos de la política de cohesión. Por tanto, son recursos diferentes. No obstante, el MRR puede facilitar apoyo adicional para la financiación de proyectos de inversión y reformas donde se complemente con otros fondos o programas de la UE.

Cada Plan Nacional deberá incluir las inversiones y las reformas necesarias para afrontar los retos particulares de cada Estado miembro, en el marco de los objetivos generales del MRR. No obstante, la Comisión Europea ha destacado siete ámbitos emblemáticos por su potencial para la creación de empleo y crecimiento y por su aprovechamiento de las ventajas de las transiciones digital y ecológica:

  1. Activación: puesta en marcha temprana de tecnologías limpias y aceleración del desarrollo y el uso de las energías renovables.

  2. Renovación: mejora de la eficiencia energética de los edificios.

  3. Carga y repostaje: fomento de tecnologías limpias para acelerar el uso de un transporte sostenible, accesible e inteligente.

  4. Conexión: despliegue rápido de servicios de banda ancha rápida en todas las regiones y hogares, incluidas las redes de fibra y 5G.

  5. Modernización: digitalización de la Administración y los servicios públicos.

  6. Ampliación: aumento de las capacidades industriales en materia de datos en la nube y desarrollo de procesadores de última generación y sostenibles.

  7. Reciclaje y perfeccionamiento profesionales: adaptación de los sistemas educativos en apoyo de las competencias digitales y la educación y formación profesional a todas las edades.

SÍ, todas las inversiones y gastos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia están sujetos a las normativas de competencia y de ayudas de Estado que constituye la base para garantizar unas reglas de juego equitativas para las empresas que participan del mercado interior. Las inversiones del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, cuando impliquen ayuda de Estado, deben cumplir completamente dicha normativa que ha sido flexibilizada de manera temporal por la Comisión Europea para permitir a los países miembros de la UE sostener a sus economías durante la pandemia. Como norma general, las ayudas deben notificarse a la Comisión antes de su otorgamiento, si bien existen determinadas categorías (a regiones desfavorecidas, en el ámbito de protección medioambiental, a la I+D+i...) que, bajo el cumplimiento de una serie de condiciones quedan exentas de notificación previa.

El control democrático y la supervisión del buen uso de los fondos son esenciales. El uso de los fondos estará sujeto a un informe anual de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, como dispone el Reglamento.

El Tribunal de Cuentas podrá llevar a cabo auditorías sobre la utilización de los importes.

Para que los fondos transformen la economía española se requiere la implicación de un amplio abanico de actores: es vital que todos los niveles de la Administración participen en la gestión de los fondos. Por ello, se impulsará la cogobernanza para la ejecución de los fondos con las CC AA, a través de una conferencia sectorial específica: serán una parte fundamental, tanto por su conocimiento de las necesidades de inversión de sus territorios, como en virtud de las competencias que tienen en ámbitos en los que los fondos se emplearán.

Las CCAA participarán activamente en la gestión de los fondos del MRR por diversas vías. Los Presupuestos Generales del Estado de cada año reflejarán en las partidas presupuestarias de los ministerios las dotaciones financieras del MRR en las que se detallarán los programas, convocatorias, programas marco, convenios, etc. dependiendo de los diferentes sectores. En las áreas de competencias de las CC AA éstas firmarán convenios con los ministerios implicados para la gestión y ejecución de los fondos del MRR, que deberán atender a los hitos y objetivos establecidos en el Plan de Recuperación.

Las entidades locales tendrán también una participación activa tanto en la propuesta como en el desarrollo de los proyectos. Para ello se articularán mecanismos de colaboración para poner a su disposición, en el ámbito de sus propias competencias, parte de los fondos europeos.

Sí. Los diferentes ministerios lanzarán las convocatorias para la presentación de proyectos en los diferentes formatos dependiendo de los sectores y temas. Las convocatorias se realizarán con publicidad y transparencia en cumplimiento de la legislación vigente. La instrumentación financiera y jurídica de las convocatorias podrá ser diferente dependiendo de los diferentes programas. Pero, en cualquier caso, estará abierta a que los interesados presenten los proyectos pertinentes.

La crisis de la COVID-19 plantea un desafío de proporciones históricas para Europa. La UE y sus Estados miembros han tenido que adoptar medidas de emergencia para proteger la salud de los ciudadanos y evitar el colapso de la economía. Esto requiere un esfuerzo sin precedentes y un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea.

El 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de recuperación temporal conocido como Next Generation EU (Próxima Generación UE) por un importe de 750.000 millones de euros. El Fondo de Recuperación garantiza una respuesta europea coordinada con los Estados miembros para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia.

El acuerdo de julio de 2020 sobre el Fondo de Recuperación Next Generation EU autoriza a la Comisión Europea a endeudarse hasta 750.000 millones de euros en nombre de la Unión Europea. Los fondos pueden utilizarse para conceder préstamos reembolsables por un volumen de hasta 360.000 millones de euros y transferencias no reembolsables por una cantidad de 390.000 millones de euros. El desembolso de estos importes se realizará a lo largo de 6 años, hasta finales de 2026. La parte que corresponde a los préstamos reembolsables se tendrá que devolver antes del 31 de diciembre de 2058.

Los dos instrumentos de mayor volumen del Next Generation EU son los siguientes:

  • El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) constituye el núcleo del Fondo de Recuperación y está dotado con 672.500 millones de euros, de los cuales 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones de euros se constituirán como transferencias no reembolsables. Su finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la Unión.
  • El REACT EU está dotado con 47.500 millones de euros. Los fondos de REACT EU operan como fondos estructurales, pero con mayor flexibilidad y agilidad en su ejecución. REACT EU promoverá la recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía.

El RDL 36/2020 establece las disposiciones que facilitan la programación, presupuestación y ejecución de las actuaciones financiables con los fondos procedentes del Next Generation EU.


Dicho Real Decreto Ley crea, además, nuevas estructuras de gobernanza para la dirección y coordinación del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

  • Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, presidida por el presidente del Gobierno e integrada por todos los Ministerios, así como por las Secretarías de Estado más estrechamente vinculadas con la ejecución del PRTR. Sus principales funciones son el establecimiento de las directrices políticas para el desarrollo y ejecución del PRTR y su seguimiento. 
  • Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Constituye un órgano de asistencia y soporte técnico a la Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia. 
  • Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Órgano de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas para canalizar su participación en los proyectos del PRTR. Este órgano aprobará los criterios de distribución de los fondos a las comunidades autónomas. 
  • Autoridad responsable del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. Ejercerá esta función el centro directivo del Ministerio de Hacienda con competencia en materia de fondos europeos, y actuará como punto de contacto de la Comisión Europea y como coordinador entre los distintos entes nacionales implicados en el PRTR. 
  • Autoridad de control del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. Se atribuye a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) las funciones y competencias que la normativa europea atribuye a la autoridad de control de los fondos europeos.

Para que la ejecución de los fondos verdaderamente cumpla los objetivos que se persiguen, su gestión debe ser óptima. Una buena gobernanza resulta, por tanto, esencial. El Gobierno ya ha anunciado varios elementos de la misma:

  • Se constituirá una Comisión Interministerial para el Fondo de Recuperación, presidida por el presidente del Gobierno.
  • Se creará una Unidad de Seguimiento del Fondo de Recuperación en la Presidencia del Gobierno.
  • Se reactivará la Conferencia Sectorial de Fondos Europeos, con las comunidades y ciudades autónomas, que liderará la ministra de Hacienda.
  • Se reforzará el diálogo social entre el Gobierno y los agentes sociales. Asimismo, se activarán varios foros o consejos consultivos de alto nivel en los principales sectores implicados en el Plan, con representantes de los agentes sociales, el sector privado y la sociedad civil, como espacios de debate, asesoramiento y seguimiento de los programas.
  • Se incorporará el Fondo de Recuperación a los trabajos de las Conferencias de Presidentes. También las entidades locales participarán en el proceso de gobernanza.
  • Asimismo, ya se está trabajando para detectar los cuellos de botella administrativos y regulatorios existentes y evaluar las necesidades adicionales de recursos para poder ejecutar los fondos de la forma más ágil que sea posible.
  • Además, se pondrán en marcha mecanismos de control parlamentario periódicos ante el Parlamento, a través de la Comisión Mixta para la UE, sobre ejecución y resultados del Plan.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia apoyará las inversiones y reformas que tengan un impacto positivo duradero en la economía y la sociedad. Las medidas deben afrontar los retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, facilitar las transiciones ecológica y digital, y reforzar el potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social del Estado miembro.

El Mecanismo es coherente con un concepto amplio de la inversión como formación de capital en ámbitos como el capital fijo, el capital humano y el capital natural. El capital fijo se refiere a las inversiones, por ejemplo, en infraestructuras y edificios, pero también en algunos activos intangibles como la investigación y el desarrollo, las patentes o los programas informáticos. El capital humano se acumula mediante el gasto en sanidad, protección social, educación, formación y capacitación. El capital natural se mejora mediante medidas destinadas a incrementar la participación de los recursos naturales renovables, proteger y restaurar el medio ambiente o mitigar y adaptarse al cambio climático.

Las reformas también deben interpretarse en sentido extenso como aquellas actuaciones y procesos encaminados a introducir mejoras duraderas en el funcionamiento de los mercados, las estructuras institucionales, las administraciones públicas o las políticas pertinentes, como las transiciones ecológica y digital.

Los Estados miembros pueden preparar planes de recuperación y resiliencia que establezcan un conjunto coherente de reformas y proyectos de inversión pública que se ejecutarán hasta 2026 con el fin de recibir el apoyo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Los planes deberán demostrar cómo las inversiones y reformas harán frente efectivamente a los retos señalados en el contexto del Semestre Europeo, especialmente las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo. Los planes también deberán incluir medidas para superar los retos a los que se enfrentan los Estados miembros en sus transiciones ecológica y digital.

Para recibir apoyo financiero en el marco del MRR, los Estados miembros de la Unión Europea deben preparar Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia en los que se establezca el programa de inversiones y reformas para los años 2021-23. Los planes incluyen paquetes coherentes de reformas y proyectos de inversión pública que, además de abordar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia, contribuyen a las transiciones verde y digital y potencia la creación de empleo. Las medidas de inversión y de reforma también deben contribuir a aumentar la capacidad de crecimiento económico del Estado miembro en cuestión.

Los Estados miembros pueden presentar oficialmente sus Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia para su evaluación a partir del momento en que el MRR esté legalmente en vigor.

Sin embargo, los Estados miembros pueden presentar una versión preliminar de los Planes a partir del 15 de octubre de 2020, antes de presentarlos formalmente para su evaluación.

La Comisión evaluará los Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia sobre la base de criterios transparentes. En particular, la Comisión evaluará si los Planes Nacionales contribuyen a abordar eficazmente los problemas económicos identificados y las recomendaciones que ha hecho en el pasado: si contienen medidas que contribuyen eficazmente a la transición ecológica y digital; y si contribuyen a fortalecer el potencial de crecimiento, la creación de empleo y la capacidad de recuperación económica y social del Estado miembro.

Para realizar esta evaluación, la Comisión dispone de 2 meses desde la recepción oficial del Plan.

Tras la evaluación positiva del Plan por parte de la Comisión, el Comité Económico y Financiero del Consejo emitirá una opinión sobre el correcto cumplimiento de las metas y objetivos contenidos en el Plan, momento a partir del cual se podrá iniciar el desembolso de los fondos.

Infografía resumen de lo expuesto

 

Como regla general, el MRR solo financiará gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un impacto duradero sobre la resiliencia económica y social, la sostenibilidad, la competitividad a largo plazo y el empleo. Abarca un amplio abanico de inversiones en capital humano (educación, formación, salud, protección social...), capital fijo (infraestructuras, I+D+i...) y capital natural (fuentes de energía renovable natural, protección y restauración del medio ambiente, mitigación o adaptación al cambio climático...). Todas estas inversiones pueden canalizarse a través de instrumentos financieros, esquemas de ayudas, subsidios u otros mecanismos.